
En fallo unánime (causa rol 22-2025), el tribunal –integrado por las magistradas Fadua Salas Eljatib (presidenta), Marcela Paredes Olave y Paulina Bossy Chaparro (redactora)– condenó, además, a Pulido Vela a una segunda pena de 3 años y un día de presidio efectivo
Además de las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena
Como también del pago de una multa de 4 UTM, en calidad de autora del ilícito consumado de huir del lugar del accidente sin detener la marcha, prestar ayuda y dar cuenta a la autoridad del accidente.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 07:00 horas del 30 de septiembre de 2023 “(…) Pulido Vela conducía en estado de ebriedad el vehículo placa patente única (…) por avenida San Juan en dirección al oriente en la comuna de Machalí y en atención que conduce con sus capacidades deficientes y no estando atenta a las condiciones del tránsito, colisionó por la parte trasera al vehículo triciclo tipo Torito, conducido por la víctima don José Sánchez Arias. Como consecuencia del alto impacto de la colisión, este último se volcó, producto de lo anterior, la víctima fallece en el lugar. Realizada la prueba respiratoria a la acusada esta arrojó como resultado 1,46 gramos de alcohol por litro en la sangre. La imputada luego de esto, no detuvo su marcha, no prestó ayuda la víctima y huyó del lugar, sin dar cuenta a la autoridad policial”.
El tribunal impuso a Pulido Vela la inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica y ofició para su ingreso al Registro Nacional de Conductores, dependiente del Servicio de Registro Civil.
Asimismo, se ordenó el comiso del vehículo de propiedad de la sentenciada.