La Corte de Apelaciones de Rancagua dictó orden de no innovar y dispuso que la empresa que ejecuta obras en el terreno del antiguo “Molino Koke”, se abstenga de realizar trabajos que implique la demolición del complejo
En fallo unánime (causa rol 744-2026), el tribunal dio lugar a la acción en tanto se resuelve el recurso de protección presentado por la Municipalidad de Rancagua por posible afectación del libre tránsito de vecinos del sector.
“Atendido el mérito de los antecedentes, ha lugar a la orden de no innovar solicitada, solo en cuanto se ordena a la recurrida abstenerse de ejecutar, por sí o por medio de sus agentes, todo acto conducta que importe la demolición del inmueble ‘Molino Koke’, ubicado en avenida General Baquedano Nro. 153, inscrito a fojas 3399 v. Nro. 5864 del Registro de Propiedad del año 2025, del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, sin perjuicio de lo que se resuelva en definitiva en este recurso”, consigna el fallo.






