Conaset y el Programa de Fiscalización del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, junto a Carabineros, recordaron cuáles son las medidas de seguridad que deben tener los furgones escolares
Como parte de las actividades preparatorias para un regreso seguro a clases, y en el marco del plan Calles Protegidas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT), la secretaria ejecutiva de Conaset, Luz Renata Infante, el secretario ejecutivo (S) del Programa de Fiscalización, Sergio Álvarez, y la teniente coronel Estrella Sotelo de la Prefectura de Tránsito, Carreteras y Seguridad Vial de Carabineros, entregaron información sobre las exigencias de seguridad existentes para los transportes escolares en el país.
“Nuestra misión desde el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, es trabajar por la seguridad de todas las personas y prevenir siniestros viales. De ahí que, con el aumento en la movilidad en marzo, estemos trabajando en el retorno seguro de las y los estudiantes que se mueven en transporte escolar, preocupados de que los vehículos estén en óptimas condiciones”, indicó Luz Renata Infante, desde Conaset, quien agregó que gracias a este trabajo preventivo, fiscalizador y regulador, “nos permiten mostrar que no ha habido siniestros graves ni estudiantes fallecidos al viajar en transportes escolares durante los últimos años”.
El secretario ejecutivo del Programa de Fiscalización del MTT, Sergio Álvarez, destacó que durante el 2023 se realizaron más de 25 mil controles a transportes escolares en todo el país, “un 11 % más que el año anterior, con más de 2 mil 500 infracciones cursadas y el retiro de 13 vehículos que estaban fuera de norma, acciones con las que estamos cuidando a todas las personas”.
La teniente coronel Estrella Sotelo, destacó el trabajo coordinado entre las instituciones tanto para fiscalizar como para prevenir: “incluso el 9 de marzo vamos a estar haciendo una certificación masiva de transportes escolares para cuidar a niñas, niños y adolescentes que se mueven en estos vehículos, como una manera de dar seguridad a tutores, padres y apoderados que hacen uso de estos servicios”.
Normas de seguridad obligatorias para el transporte escolar
La ley de tránsito establece que este tipo de vehículos de transporte deben cumplir con:
1. Estar inscritos en el Registro Nacional de Servicios de Transporte Remunerado de Escolares (Renastre), disponible a través de los sitios web www.conaset.cl y www.fiscalizacion.cl.
2. Tener , además de su certificado de inscripción en el Renastre, la revisión técnica, certificado de emisiones contaminantes, permiso de circulación y seguro obligatorio.
3. El certificado de inscripción en el Registro Nacional de Transporte Escolar, debe incluir el o los nombres de los conductores autorizados, así como la identificación de los acompañantes adultos en caso que se traslade a más de cinco niños de educación preescolar.
4. Debe incorporar el letrero que diga «Escolares» en el techo del vehículo o en el costado inferior derecho de la luneta o ventanas posteriores, y también en la parte inferior de una de las ventanas laterales del vehículo, en ambos costados.
5. Poseer una luz estroboscópica sobre la parte trasera del techo o bien una cinta retrorreflectante alrededor del vehículo debajo de las ventanas.
6. La capacidad máxima de niños que puede transportar debe estar indicada al interior del vehículo y no deberá exceder a lo señalado en el Certificado de Revisión Técnica.
7. Todos los asientos deben ir mirando hacia adelante.
8. La antigüedad máxima para los vehículos es de 16 años (en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá y Magallanes este plazo aumenta a 18 años). En vehículos de transporte escolar que presten servicios a localidades rurales, la antigüedad máxima permitida es de 18 o 22 años, dependiendo del pesaje del automóvil.
9. La o el conductor debe poseer y portar licencia profesional clase A1 (ley 18.290 antigua) o clase A3 (ley 19.495 o ley 19.710).
10. En un lugar visible, al interior del vehículo, debe portar una tarjeta identificadora con fotografía y datos personales del conductor.
11. Si en el vehículo se trasladan 5 o más niños y niñas en educación preescolar, además del conductor debe viajar un o una acompañante adulto que vele por la seguridad, con especial énfasis en el cuidado al descender del vehículo e ingresar al establecimiento educacional o a su casa.
12. Por último, el apoderado puede revisar que el conductor y o acompañante no se encuentren en el registro de personas inhabilitadas para trabajar con niños. Para ello puede ingresar el nombre y Rut del conductor en www.screi.cl