La Corte de Apelaciones de Rancagua dejó sujeto a las medidas cautelares de arresto domiciliario total, arraigo nacional entre otras medidas
Además de la prohibición de acercarse a la víctima al sacerdote y exrector del Liceo San José de Requínoa, Sergio Julián Ríos Cordero, imputado por el Ministerio Público como autor del delito reiterado de abuso sexual de menor de edad.
En fallo dividido (causa rol 1.122-2020), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Marcela de Orúe Ríos, Miguel Ángel Santibáñez y la abogada (i) Pamela Medina Schulz– revocó la resolución dictada el pasado 9 de septiembre por el Juzgado de Garantía de Rengo, que decretó la prisión preventiva del imputado.
“Atendido el mérito de autos y teniendo en especial consideración la época en que habrían ocurrido los hechos por los que ha sido formalizado el imputado, su irreprochable conducta anterior y la sanción penal probable, hacen estimar que la prisión preventiva resulta desproporcionada en esta etapa del proceso, en razón de los antecedentes hasta ahora recabados, teniendo además presente para ello que dicha cautelar debe ser de última ratio.”, consigna el fallo.
“Por lo anterior de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de nueve de septiembre de dos mil veinte, dictada por el Juzgado de Garantía Rengo, en la causa RIT 3187-2020, en cuanto dispuso la prisión preventiva del imputado Sergio Julián Ríos Cordero, la que se deja sin efecto y, en su lugar, se decretan las medidas cautelares del artículo 155 letra a), d) y g) esto es, arresto domiciliario total, en el domicilio señalado por la defensa en esta audiencia, ubicado en Calle Sofanor Parra N°1094, comuna de Cerro Navia; arraigo nacional y prohibición de acercarse a la víctima”, agrega.
Decisión adoptada con voto en contra de la abogada integrante Medina Schulz, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada.