El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a Ignacio Antonio Moraga Torres a la pena de 10 años y un día de presidio efectivo, accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos, entre otras medidas
derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; más el pago de una multa de 40 UTM, en calidad de autor del delito consumado de tráfico de sustancias estupefacientes y psicotrópicas. Ilícito perpetrado en noviembre de 2024, en la comuna de San Francisco de Mostazal.
En fallo unánime (causa rol 657-2025), el tribunal –integrado por los magistrados Hernán González Muñoz (presidente), Óscar Castro Allendes y Yesica Hidalgo Parra (redactora)– condenó a Martín Arturo Pozzo Lagos y César Antonio Martínez Valenzuela a 8 y 7 años de presidio efectivo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condena; más el pago de una multa de 20 UTM cada uno, como coautores del delito.
En la causa, el tribunal condenó al acusado Exequiel Eliseo Zarzar Córdova a 4 años de presidio, pena reemplaza por libertad vigilada intensiva por igual lapso, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; y el pago de una multa de 15 UTM, como coautor del delito.
Finalmente, el tribunal decretó la absolución de Moraga Torres, Pozzo Lagos, Martínez Valenzuela y Zarzar Córdova de la acusación fiscal que los sindicaban como autores del delito de porte de arma a fogueo adaptada para el disparo de municiones, debido a que, a la fecha de los hechos, la tenencia de este tipo de armamento no estaba sancionada penalmente.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la noche del 11 de noviembre de 2024, funcionarios de la sección OS7 de Carabineros de Rancagua, se apostaron en la Ruta 5 Sur, kilómetro 58, de la comuna de San Francisco de Mostazal, con la finalidad de realizar fiscalizaciones aleatorias a los vehículos que circulaban por dicha carretera.
“Es en ese contexto que a eso las 23:15 horas proceden a la fiscalización del vehículo station wagon, marca Volkswagen, modelo Suran Cross, año 2012, color blanco, placa patente única (…), el cual era conducido por el imputado don César Antonio Martínez Valenzuela, siendo su copiloto don Exequiel Zarzar Córdoba, y en la parte posterior viajaban don Martín Pozzo Lagos e Ignacio Moraga Torres. A partir de esta fiscalización, en compañía del can detector de drogas Gazam del emblema verde, se solicita a los imputados que desciendan del vehículo donde el can efectúa un circuito de búsqueda por el exterior e interior del vehículo, donde precisamente realiza un marcaje positivo, específicamente debajo del asiento del conductor, hallándose en dicho lugar un trozo compacto envuelto en cinta adhesiva transparente, la cual fue sometida a la respectiva prueba de campo, arrojando coloración positiva para clorhidrato, cocaína, cuyo peso bruto corresponde a 509 g y 400 miligramos. Posteriormente el can de drogas detector de drogas realizó una segunda marcación positiva activa sobre el asiento trasero del vehículo, específicamente en una bolsa de género color morado, la cual contenía en su interior 5 bolsas de nylon transparente contenedoras de una sustancia en polvo de color blanco, la cual fue sometida a la respectiva prueba, arrojando coloración positiva para cafeína, en el mismo lugar se encontró dos bolsas de nylon transparentes, contenedoras de una sustancia en estado vegetal con similares características a la marihuana, la cual fue sometida a respectiva prueba de campo arrojando coloración positiva para marihuana, el peso de la marihuana corresponde a 2 gramos 400 miligramos y el peso de la cafeína corresponde a 504 g 600 miligramos. Por su parte, siguiendo con la búsqueda del interior del móvil debajo del asiento del copiloto se mantenía un bolso de mano de color rojo, el cual mantenía una pistola con la leyenda gap BBM calibre 9 mm k, con cargador y 8 cartuchos de fogueo calibre 9 mm pack. Se estima por parte del Ministerio Público que los imputados mantenían y transportaban la droga bajo su tenencia, posesión y guarda con ánimo de traficar la misma y sin justificar un consumo personal y exclusivo próximo en el tiempo”, consigna el fallo.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados. Asimismo, se decretó el comiso de la droga, pistola a fogueo, cargador y otras especies incautadas en el procedimiento policial.






