El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó, con costas, a Florentino Antonio Martínez Escobar a la pena de cumplimiento efectivo de 5 años y un día de presidio, accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de condena, entre otras
En fallo unánime (causa rol 42-2024), el tribunal –integrado por la magistrada Paola González López (presidenta) y el juez Raúl Baldomino Díaz (redactor)– dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que tras varios días de vigilancia, alrededor de las 08:30 horas del 7 de junio de 2023, personal del a quinta Comisaría de Peumo, dio cumplimiento a la orden de entrada y registro a un inmueble ubicado en el pasaje María Rosa Silva de la población Juan González de la comuna de Peumo.
“Una vez que el personal policial ingresa al domicilio y tras comenzar la revisión de las dependencias se encontró al acusado FLORENTINO MARTÍNEZ ESCOBAR, en su dormitorio, durmiendo en ese momento (…) al registro de esa habitación, se encontró una bolsa transparente conteniendo con 3 envoltorios de papel cuadriculados, de color blanco, con una sustancia polvorienta, del mismo color, la que se encontraba dentro de un bolsillo de una parka de color azul, la cual se encontraba sobre la cama del imputado. Asimismo, en un closet de la habitación se encontró una caja de color negro, contenedora de una bolsa de mayor tamaño, transparente, que contenía 729 papelillos, de color blanco, en cuyo interior, existía la sustancia polvorienta de color blanquecino”, añade.
“Realizadas las pruebas de campo respectivo a las sustancias descubiertas, en 759 dosis, todas ellas arrojaron coloración positiva a la presencia de cocaína. Los 3 envoltorios encontrados al interior de la parka, alcanzaron un peso bruto de 4, gramos y los 729 papelillos, encontrados al interior de esta caja, un peso bruto de 284, gramos, todos ellos de una sustancia aparentemente clorhidrato de cocaína. Luego, estas sustancias incautadas fueron enviadas para su respectivo peritaje químico, estableciéndose que el peso neto de estas sustancias fue de 4,6 gramos de peso neto de cocaína base al 6 % de pureza y 35,2 gramos de peso neto de cocaína base al 62% de pureza, respectivamente”, concluye.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados. Además, decretó el comiso de las evidencias incautadas, las drogas, teléfono y dinero, autorizándose su destrucción o utilización por el Ministerio Público o por el organismo público competente.