El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a Rodrigo Andrés Araneda Castro a la pena de 10 años y un día de presidio efectivo, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos
Además de la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, en calidad de autor del delito consumado de robo con intimidación y violencia. Ilícito perpetrado en la comuna, en julio del año pasado.
En fallo unánime (causa rol 191-2024), el tribunal –integrado por los magistrados Hernán González Muñoz (presidente), Óscar Castro Allendes y Gloria Calvo Godoy (redactora)– condenó al acusado Manuel Ernesto Aránguiz Lara a la pena de 5 años y un día de presidio efectivo y accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como autor del delito consumado de robo con intimidación.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable que alrededor de las 05:50 horas del 30 de julio de 2023, las víctimas, C.M.H. y B.B.D.D., “se encontraban en la intersección de avenida La Compañía con Alameda en la comuna de Rancagua, caminando en una plaza existente en ese lugar, momento en el cual fueron abordadas por dos individuos, quienes les exhibieron una pistola y un cuchillo con los cuales amenazaron a cada una diciéndoles: ‘no se asusten esto es un asalto’, intimidándolas, y sustrayendo a la víctima de iniciales B.B.D.D. un teléfono marca iPhone modelo 7 que en su interior mantenía su cédula de identidad, mientras el otro sujeto intimidaba a la otra víctima de iniciales C.M.H. mostrándole el cuchillo, y una vez que logran obtener el teléfono, las jóvenes huyeron del lugar al tiempo que los sujetos les señalan: ‘les vamos a pegar un balazo’. Posteriormente el teléfono fue rastreado por parte de las víctimas a través de la geo-referenciación, las jóvenes llaman a carabineros y junto con ellos acuden al lugar donde marcaba que se encontraba el teléfono hallándolo en la plaza de la población Santa Filomena. También resultó probado que a consecuencia del forcejeo que mantuvo BBDD con su atacante, resultó con las manos enrojecidas, lesiones que fueron constatadas y calificadas como leves”.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus huellas genéticas e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados