Por denuncias sobre distintas materias, entre las que figura lodos no tratados, emisión de ruidos y evacuación de RILes sin tratar a aguas del canal de la zona
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló cargos en contra de la sociedad Sugal Chile Limitada, titular de la RCA Nº 258/2006 que autoriza y regula la operación de una Planta de Tratamiento de Riles (PTR), y cuya empresa elabora pasta de tomates y pulpas de frutas; principalmente por implementar una serie de modificaciones al proyecto sin someterlas a evaluación ambiental previa, entre las que destaca la construcción de una nueva Planta de Tratamiento de RILes.
Además, este procedimiento sancionatorio incorpora una serie de denuncias, que informaron a la SMA respecto a incumplimientos en que habría incurrido el titular, sobre distintas materias, entre las que figura lodos no tratados, emisión de ruidos y evacuación de RILes sin tratar a aguas del canal Silvano generando malos olores y contaminación en las tierras de la zona.
En base a los análisis de fiscalización realizados por funcionarios de la Oficina Regional de O´Higgins de la SMA, en conjunto con funcionarios del SAG y de la Seremi de Salud, ambos de la Región de O´Higgins, y de denuncias recibidas, esta Superintendencia detectó 7 hechos constitutivos de infracción, entre los que destacan:
1. Implementación y operación de diversas modificaciones del proyecto, detalladas en el considerando 15 de la presente resolución, sin contar con una RCA que las autorice, debiendo tenerla, desde el año 2012 a la fecha.
2. Construcción y operación de una PTR sin contar con una RCA que la autorice, debiendo tenerla, desde noviembre de 2017 a la fecha.
3. Disponer los lodos generados por la PTR en un lugar que no cuenta con las autorizaciones de las autoridades respectivas, e incumpliendo además la normativa de manejo de lodos, en los períodos enero a mayo de 2017 y febrero a abril de 2018.
De los 7 hechos de infracción, 6 fueron clasificados como graves y 1 fue clasificado como leve, por lo que la empresa podría ser objeto de revocación de la RCA, clausura temporal o definitiva (en el caso de las infracciones graves) o de una multa de hasta 31.000 unidades tributarias mensuales (UTA), equivalente a más de $17.987 millones.
Además, la SMA solicitó con carácter de urgente una medición discreta de material particulado en calderas de vapor registradas como VI-CAL-401, VI-CAL-169 y VI-CAL-434, de acuerdo al método CH-5 y a las exigencias que se indican en el D.S. Nº 15/2013 MMA. Y realizar también una medición del efluente de la nueva PTR. Dichas mediciones deben ser realizadas por una ETFA, y cuyo informe debe ser entregado en un plazo de 15 días hábiles.
Tras la notificación de esta formulación de cargos, la empresa Sugal Chile Limitada tendrá un plazo de 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento * y de 15 días hábiles para formular sus Descargos respectivos.
Para mayor detalle, acceder a la formulación de cargos en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA):http://snifa.sma.gob.cl/v2/Sancionatorio/Ficha/1862