La Presidenta Michelle Bachelet, acompañada de los Ministros de Desarrollo Social, Marcos Barraza, la Ministra del Trabajo, Ximena Rincón, y de Salud, Carmen Castillo, procedió a firmar la indicación sustitutiva al Proyecto de Ley que crea un Sistema de Inclusión Laboral para personas en situación de discapacidad
De esta forma obliga a las “unidades laborales” ya sean del sector público o privado a reservar al menos el 1% de sus puestos de trabajo para personas que posean algún grado de discapacidad física, mental o sensorial de carácter temporal o permanente.
En este sentido la Presidenta fue enfática en señalar que “En Chile queremos que la integración sea un derecho y una realidad cotidiana. Estamos orgullosos de plantear que es hora de que la integración deje de ser un acto de generosidad o buena voluntad de unos pocos”.
Cabe señalar que en nuestro país cerca del 20% de las personas de 18 años o más se encuentra en situación de discapacidad. El 11,7% tiene discapacidad leve a moderada y el 8,3% discapacidad severa.
Por su parte el Senador PS, Juan Pablo Letelier resaltó la importancia de este acto ya que según sus palabras “estos proyectos apuntan a una contar con una legislación de segunda generación para personas con capacidades distintas. Tenemos un marco regulatorio en el país, pero se requiere un tiempo para contar con un marco legal más completo y ver con la Comisión de Constitución si se requiere una reforma para generar estos incentivos”.
“Lo que ha materializado la presidenta hoy apunta en la línea correcta, ya que permitirá la incorporación de la discapacidad como una de las causales que pueden generar actos discriminatorios, que alteren la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo y la ocupación” de la misma manera que “las empresas que cuenten con más de 50 trabajadores, deberán contratar a personas con discapacidad en una proporción no inferior al 1 o 2% del total de quienes presten servicios en ella”.
Esta iniciativa, crea un sistema de inclusión laboral que obliga a los organismos públicos civiles y militares, y a las grandes empresas privadas, en ambos casos con 200 o más trabajadores, a reservar un número no menor al 1% de la dotación de personal para personas con discapacidad o que reciban pensión de invalidez.
Del mismo modo, establece el principio de no discriminación en el Estatuto Administrativo, prohibiendo de esta forma todo acto de discriminación que se traduzca en exclusiones basadas en motivos de discapacidad. Además, se fija en 26 años la edad límite para suscribir contrato de aprendizaje con personas con discapacidad, asimilándola a la edad de término de la educación especial.