Quienes reciben beneficios del Pilar Solidario, ya sea la Pensión Básica Solidaria de Vejez o el Aporte Previsional Solidario de Vejez, no deben hacer ningún trámite. Sus beneficios serán reemplazados por la PGU
El Instituto de Previsión Social, IPS, recuerda que se puede ingresar a su sitio www.chileatiende.cl para consultar por la Pensión Garantizada Universal (PGU).
En ese sitio, las personas pueden acceder a una consulta que les indicará si ya tienen asignado el beneficio por pertenecer al Pilar Solidario o si cumplen con las condiciones iniciales para solicitarlo, entre otras posibles respuestas. En caso de cumplir el requisito básico de edad para solicitar el beneficio, desde la misma consulta web se derivará a las personas al formulario de solicitud en línea, el cual requiere ClaveÚnica. Esa solicitud se evaluará internamente para revisar el cumplimiento de todos los requisitos.
Además, el IPS habilitó una consulta automática sobre este beneficio en el Call Center 101. Adicionalmente, la institución entrega orientación a través de las redes sociales ChileAtiende.
Personas que reciben beneficios del Pilar Solidario
La directora regional del IPS O’Higgins, Tatiana Ramírez, explicó que “las personas que hoy tengan la Pensión Básica Solidaria de Vejez o el Aporte Previsional Solidario de Vejez no deberán hacer ningún trámite. En el caso de la Pensión Básica Solidaria de Vejez, esta será reemplazada por la Pensión Garantizada Universal, actualmente equivalente a $185.000”.
En el caso del Aporte Previsional Solidario de Vejez que complementa las pensiones más bajas, su monto será reemplazado por el monto de la PGU. “Así, por ejemplo, si una persona tiene un Aporte Previsional Solidario de Vejez de $100.000 que complementa a su pensión actual, entonces ahora recibirá $85.000 adicionales para llegar a los $185.000 de complemento a su pensión. De igual modo, en el caso de los pensionados de AFP con Pensión Final Garantizada menor que $185.000, dicha pensión se ajustará también a este monto”, indicó la directora Ramírez.
Agregó que todos esos incrementos se pagarán de manera automática, mediante la misma forma de pago que las personas beneficiarias del Pilar Solidario de Vejez tienen actualmente para cobrar sus beneficios del IPS. En el caso de las personas que reciben el pago del Aporte Previsional Solidario de Vejez a través de una AFP o Compañía de Seguros, recibirán su beneficio PGU mediante las modalidades de cobro que ya tengan con esas instituciones.
La directora regional del IPS precisó que “en cuanto a las personas beneficiarias de Aporte Previsional Solidario de Vejez que reciben una Pensión Final Garantizada cuyo monto es mayor que la PGU, es decir, por sobre los $185.000, mantendrán su beneficio actual, sujeto a un análisis posterior por parte del IPS”.
Primeros pagos: personas que reciben beneficios del Pilar Solidario
Las personas que reciban la Pensión Básica Solidaria de Vejez o el Aporte Previsional Solidario de Vejez (Pilar Solidario) a través del IPS, recibirán sus pagos desde el 18 de febrero en adelante.
Pagos por depósito: El día 18 se depositará la diferencia para llegar al monto de la PGU a todas las personas que reciban por depósito sus pagos del Pilar Solidario a través del IPS.
Pagos presenciales: Además, desde el 18 en adelante se pagará su beneficio PGU a las personas del Pilar Solidario que cobran beneficios presencialmente desde ese día hasta fin de mes.
Las personas que reciben su pago presencial antes del 18 de febrero, recibirán su PGU correspondiente a febrero, abonado en su pensión de marzo.
Desde marzo en adelante, la PGU se recibirá en su fecha habitual de pago.
Otros beneficiarios: En el caso de las personas que deban ingresar solicitudes, y cumplan los requisitos de esta etapa, se les informará su fecha y lugar de pago al momento de aprobarse la solicitud. Este pago se concreta al mes siguiente o subsiguiente de esa aprobación.
Principales requisitos
En esta etapa, las principales condiciones para acceder a la Pensión Garantizada Universal son tener 65 años o más, acreditar 20 años de residencia en Chile, contados desde los 20 años de edad, y cumplir los mismos requisitos del actual Pilar Solidario, que beneficia a las personas del 60% más vulnerable de la población.
Desde agosto, podrán acceder todas las personas de 65 y más años, siempre que no integren un hogar perteneciente al 10% más rico de la población de 65 años o más y, además, cumplan el requisito de residencia y cuenten con una pensión base inferior al monto de la pensión superior que establece la ley (la pensión base es una estimación que se efectúa de acuerdo a lo establecido por la ley, y en su caso, agrega las pensiones que se perciben, teniendo presente que no es requisito estar pensionado o pensionarse para acceder al beneficio).
En esos casos, quienes cumplan con los requisitos y tengan una pensión base inferior a 630 mil pesos, recibirán el monto máximo de PGU (185 mil pesos) y quienes tengan una pensión base de más de 630 mil pesos y menor a 1 millón de pesos, podrán acceder a una parte del monto de la Pensión Garantizada Universal, la que se irá reduciendo de acuerdo con la pensión base percibida.
No tienen derecho a la PGU las personas pensionadas de Dipreca y Capredena.
Los requisitos detallados se pueden consultar en www.chileatiende.cl.
Paso a paso: dónde consultar
El IPS ha dispuesto las siguientes alternativas de consulta y solicitud:
- La persona puede ingresar a www.chileatiende.cl y consultar con su RUN. Si cumple las condiciones iniciales para solicitar el beneficio, se le deriva automáticamente a la solicitud en línea, la cual requiere ClaveÚnica.
- También puede consultar si cumple los requisitos en el Call Center 101.
- Si en los canales anteriores se indica a la persona que debe hacer la solicitud y no cuenta con ClaveÚnica, tiene como alternativa las sucursales ChileAtiende del IPS. Se recuerda en este caso seguir todas las medidas preventivas ante la pandemia.
- Complementariamente, se puede pedir orientación en las redes sociales ChileAtiende.
- Si la persona ya tiene la Pensión Básica Solidaria o el Aporte Previsional Solidario, no necesita hacer una solicitud o trámite, porque desde el día 18 de febrero se incrementará el monto de su beneficio hasta completar los $185.000 de la PGU.