Los pensionados del IPS no tienen que realizar ningún trámite para recibir este beneficio, el que se entregará junto a su pago mensual antes de Navidad.
El Aguinaldo de Navidad se entrega por una vez en el mes de diciembre a todos los beneficiarios de pensiones que cumplan con los requisitos establecidos en la ley. Este año corresponde $23.081 por pensionado o pensionada, monto que podrá incrementarse en $13.040 por cada carga familiar acreditada al 30 de noviembre del año 2020.
El Seremi del Trabajo y Previsión Social, Federico Iglesias, señaló que “como Gobierno sabemos que nunca las pensiones son suficiente. Tenemos claro que un bono o aguinaldo no resuelve la totalidad de los problemas de las familias, sin embargo, colocando las cosas en su propia dimensión, un aguinaldo ayuda a hacer la vida un poco más amable. Por lo mismo, sabemos que esta ayuda llega en un momento donde muchos adultos mayores lo necesitan más que nunca y esperamos que colabore un poco a sobrellevar las fiestas de fin de año”.
Respecto a los pensionados que recibirán el Aguinaldo en la región, la Directora Regional del IPS, Tatiana Ramírez, informó que en O’Higgins “el Instituto de Previsión Social (IPS) estima que más de 67 mil pensionados serán beneficiados con el Aguinaldo de Navidad. El Estado desembolsará más de 1.600 millones de pesos en la entrega de esta ayuda económica”.
Tienen derecho al Aguinaldo de Navidad los pensionados y pensionadas del Instituto de Previsión Social, de las Cajas de Previsión de DIPRECA y CAPREDENA, del Instituto de Seguridad Laboral, de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744 de Accidentes del Trabajo, que tengan alguna de estas calidades al 30 de noviembre del año 2020. También tienen derecho los pensionados del Sistema de AFP (DL 3.500), siempre que a esa fecha se encuentren percibiendo el beneficio de Aporte Previsional Solidario (APS) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
En el caso del IPS, los beneficiarios son los siguientes:
Pensionados de las ex-Cajas de Previsión.
Personas con Pensión Básica Solidaria (PBS).
Pensionados de la Ley N° 19.234 (Exonerados Políticos).
Pensionados de la Ley de Reparación N° 19.123 (Ley Rettig).
Pensionados de la Ley de Reparación N° 19.992 (Ley Valech).
Pensionados de Accidentes del Trabajo, Ley N° 16.744, del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
Personas que reciben Subsidio por Discapacidad Mental, Art. 35 de la Ley N° 20.255.
Beneficiarios de Indemnizaciones del Carbón, Ley N° 19.129.
Es importante señalar que cada persona tiene derecho a un solo Aguinaldo, aunque sea beneficiario de dos o más pensiones (o beneficios), sean éstos pagados por el IPS o por otras instituciones de seguridad social.
FORMA DE PAGO
En el caso del IPS, el Aguinaldo se incluye en la liquidación de pago de diciembre y se cancela antes de Navidad, en la fecha en la que cada persona tiene asignado su pago. Por lo tanto, los pensionados no deben hacer ningún trámite adicional para recibir esta ayuda económica que les entrega el Estado. En el caso de las otras instituciones que pagan el beneficio, cada una determina su forma de pago.
Los pensionados del IPS que cobran en forma presencial recibirán el pago del aguinaldo junto con su pensión en el local de pago habitual, que puede ser de la Caja de Compensación Los Héroes o del BancoEstado. El beneficio también se paga vía CuentaRUT o a través de depósitos en cuentas corrientes o de ahorro, para aquellos pensionados que tienen establecida alguna de esas modalidades de pago de pensión.
El Estado desembolsará más de 54 mil millones de pesos en esta iniciativa que va en directo beneficio de los pensionados.
MÁS INFORMACIÓN Y CONSULTAS
www.ips.gob.cl – www.chileatiende.cl – Call center 600 440 0040
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