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La Superintendencia de Reemprendimiento e Insolvencia (SUPERIR): Ya tiene nueva normativa.

By Diario Rancagua | on 10 mayo, 2023 | Comentario
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Entra en vigor la Ley de Insolvencia N° 21.563 y es publicada en el Diario Oficial una de las medidas más esperadas para el sector económico ya tiene forma y fondo

A partir de Agosto las personas y las empresas de menor tamaño con problemas de solvencia o sobreendeudamiento tendrán próximamente nuevas alternativas para superar dichos problemas financieros, esto luego que el presidente Gabriel Boric concretara la promulgación que moderniza la Ley de Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas, proyecto aprobado en enero pasado por el Congreso y que este miércoles 10 de mayo fue publicado en el Diario Oficial.

En cuanto a la norma, buscará disminuir la pérdida social y económica de la sociedad bajo cuatro pilares: la creación de procedimientos simplificados de rápida tramitación y bajos costos de administración para personas, micro y pequeñas empresas; el incentivo al reingreso del deudor al sistema crediticio; la incrementación de tasas de recuperación de créditos; la promoción de reestructuraciones de pasivos y la agilización y facilitación de procedimientos.

Para el Seremi de Economía, Fomento y Turismo de la Región de O’Higgins, Guillermo Acuña, esta medida es una norma importante para los sectores productivos del país, como las micro y pequeñas empresas, ya que permitirá que las deudas que los aquejan puedan reorganizarse a través de procedimientos más eficaces y menos burocráticos, junto con que promoverá la reorganización por sobre la liquidación, lo que en consecuencia podrá incentivar la recuperación de créditos, conservación de empleos de las empresas y personas naturales afectadas, como también dinamizar el encadenamiento productivo”.

Junto a lo anterior, se destaca que esta nueva Ley permitirá que la reorganización sea gratuita para la persona deudora, y en este sentido se consideran a quienes emiten boletas de honorarios y poseen un sobreendeudamiento, los cuales no se consideraban en la normativa anterior para acceder a estos beneficios. De esta forma, se incluye a usuarios/as que hasta el día de hoy estaban impedidas a acceder a los procedimientos por considerárseles empresas y cuya única opción que tenían era la liquidación.

Esta legislación trae consigo otras novedades, como las mejoras para disminuir trámites que suelen ser redundantes y además de facilitar el uso de la tecnología para trámites con el objetivo de hacer más expedito el desarrollo de los procedimientos.

Además, cabe mencionar que la normativa entrará en vigencias tres meses después de su publicación en el Diario Oficial, por ende, debería estar operativa a contar del 10 de Agosto de 2023.

 

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