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Juzgado de Garantía de Rancagua condena a autores y encubridores de robo a empresa de transporte de valores

By Diario Rancagua | on 9 diciembre, 2025 | Comentario
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El Juzgado de Garantía de Rancagua condenó hoy –martes 9 de diciembre– a Alexis Hernán Narbona Gómez a la pena de 4 años y un día de presidio

Con el beneficio de la libertad vigilada intensiva por igual lapso, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta de ejercer cargos u oficios públicos mientras dure la condena y la inhabilitación perpetua de derechos políticos, en calidad de autor del delito consumado de robo con intimidación. Ilícito perpetrado en agosto del año pasado, en la comuna.

En procedimiento abreviado (causa rol 6.833-2024), el magistrado Gonzalo Celedón Bulnes accedió a las penas propuestas por el Ministerio Público y condenó, además, a Pedro Mauricio Espinoza Olivares a 3 años y un día de presidio, sustituida por la libertad vigilada intensiva por igual lapso, más las accesorias de inhabilitación absoluta de ejercer cargos u oficios públicos mientras dure la condena y la inhabilitación perpetua de derechos políticos, en calidad de autor del delito consumado de robo con intimidación.

En el caso de Sebastián Alexis Espinoza Ríos, el tribunal le impuso la pena de 3 años y un día de presidio, más las accesorias de inhabilitación absoluta de ejercer cargos u oficios públicos mientras dure la condena y la inhabilitación perpetua de derechos políticos, en calidad de autor del delito consumado de robo con intimidación; más 541 días de reclusión y la suspensión de cargos u oficios público mientras dura la condena, en calidad de autor del delito consumado de tenencia ilegal de arma de fuego. Penas sustituidas por la libertad vigilada intensiva por 3 años y 502 días.

En tanto, Camila Aurora Cerda Silva y Eleuteria del Carmen Llancapán Lobos resultaron condenadas a dos años y 541 días de presidio en calidad de encubridoras del delito consumado de robo con intimidación y autoras de asociación criminal. Penas conmutadas por la libertad vigilada intensiva por el término de 2 años y 541 días.

Los condenados deberán presentarse en el Centro de Reinserción Social de Gendarmería que corresponda a su domicilio y someterse a control y al plan de intervención individual que se apruebe en su momento y, además, cumplir con un programa formativo.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados. Asimismo, se decretó el comiso de la camioneta y otras especies incautadas a los condenados.

Robo Brinks

Según el requerimiento fiscal, los condenados formaban parte de una asociación criminal que, previa planificación y coordinación, realizó el robo con intimidación a la sucursal de la empresa de transportes de valores Brinks, en Rancagua, desde donde sustrajeron más de once mil millones de pesos en dinero en efectivo.

En dicho contexto, Narbona Gómez colaboró a la ejecución del robo, facilitando un vehículo (camioneta), para el escape de los encargados de ejecutar materialmente el ilícito. Vehículo que sufrió un desperfecto, lo que permitió la detención de quienes huían en él.

“Esto permitió establecer que una organización compuesta por varios sujetos planificó un robo en la sucursal de Brinks en Rancagua. Tenían conocimiento de la manera de operar de la empresa, el personal que poseía, se contactaron con una cajera del lugar para planificar el robo, se asociaron con Camila Cerda y Eleuteria Llancapán para ocultar parte de lo obtenido tras el delito, y con Pedro y Sebastián Espinoza para que facilitaran un vehículo y ayudaran en el proceso de huida del lugar junto con sacar a los autores ejecutores del sitio de los hechos y trasladarlos para su escape. Además, de ocultar un vehículo y un arma de fuego que se utilizó”, consigna la resolución.

En la audiencia, además, se revisaron las medidas cautelares de los coimputados Sergio Millar Aniñir, Mauricio Saavedra Castillo y Doris Rosales Reinoso. El magistrado Gonzalo Celedón resolvió mantenerlos en prisión preventiva por constituir su eventual libertad un peligro para la seguridad de la sociedad y no haber cambiado los presupuestos que se tuvieron a la vista al momento de decretar su privación de libertad.

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