La Confederación de la Producción y del Comercio (CPC), la Cámara Nacional de Comercio (CNC), la
Sociedad de Fomento Fabril (SOFOFA) y la Cámara Chilena de la Construcción (CChC) presentaron sus respectivos recursos de reconsideración dirigidos al Director del Trabajo
Cada uno a cargo de distintos abogados especializados en la materia. El objetivo de dichos recursos es pedir una aclaración del dictamen emitido por la Dirección del Trabajo (DT) que restringe la posibilidad de que trabajadores y empleadores puedan pactar que el trabajador quede exento de tener que someterse al control de horario.
Cabe recordar que, en el marco de la implementación de la ley que reduce la jornada laboral a 40 horas, el 6 de
febrero pasado la DT se pronunció a través del Dictamen N°84/04 respecto de la aplicación del inciso 2° del
artículo 22 del Código del Trabajo, que establece quiénes están excluidos de la limitación de la jornada de trabajo,
dada la naturaleza de sus funciones. Sin embargo, en su dictamen, la autoridad fiscalizadora señala que, en la
medida que exista la posibilidad de registrar la asistencia por cualquier medio, en especial los digitales, sería
suficiente antecedente para considerarse como trabajador con jornada, dejando este derecho sometido a un
asunto tecnológico y no a la naturaleza de la función.
El dictamen ha generado preocupación en empresas de distintos rubros, tamaños y ubicaciones geográficas, pues
pasaría a llevar el derecho a no tener horarios específicos que hoy tienen quienes lo han pactado con su
empleador, porque se ajusta a la forma como ejecutan su trabajo y a las necesidades tanto de los trabajadores
como de las empresas. La exención de control obligatorio está dada por la naturaleza de las funciones y las
responsabilidades que de ellas emanan, de modo que impedir dicha flexibilidad afectaría tanto a las personas
como al funcionamiento y productividad empresarial.
La realidad del mundo laboral deja en evidencia que las personas quieren empleos más flexibles, trabajar desde
sus casas y poder conciliar familia y trabajo; todo de común acuerdo con el empleador. Pero el dictamen va en
el sentido contrario: restringe la libertad y la posibilidad de acuerdos, y no reconoce la realidad de un mundo del
trabajo moderno, tecnologizado, diverso y flexible.
La ley que reduce la jornada de trabajo a 40 horas tuvo su origen en un acuerdo alcanzado entre la CPC y las
centrales de trabajadores, buscando favorecer la calidad de vida de las personas y la productividad. Luego, los
gremios empresariales aportamos a la discusión que se llevó a cabo en el Congreso, siempre buscando que en el
espíritu de la ley se incluyeran la gradualidad y la flexibilidad, lo que se logró en una buena medida.
Por lo tanto, nos parece fundamental mantener los principios que están en el origen de la normativa-acordada
transversalmente desde el punto de vista político y social-, como son la flexibilidad y las relaciones laborales
construidas sobre la base de la confianza y el diálogo entre las partes.
Los recursos presentados por los gremios
La CPC designó como abogada patrocinante para realizar la solicitud de reconsideración a la DT, a la abogada
de Cariola, Díez y Pérez-Cotapos, Ignacia López.
En tanto, el abogado Marcelo Albornoz -ex director del Trabajo- fue el encargado por parte de la SOFOFA de
redactar y presentar el recurso.
Por su parte, la CNC trabajó con la abogada y ex directora del Trabajo, Lilia Jerez, quien desarrolló la solicitud.
La CChC designó al abogado Marcelo Soto, ex subsecretario del Trabajo y socio del Estudio Jurídico UH&C,