La Corte de Apelaciones de Rancagua mantuvo sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva a Tiare Saavedra Castro y Patricio Badilla Silva, imputados por el Ministerio Público como autores de los delitos consumados de asociación ilícita para el tráfico de drogas y tráfico de estupefacientes
En fallo unánime (causa rol 55-2022), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Michel González Carvajal, Jorge Fernández Stevenson y el abogado (i) Marco Arellano Quiroz– confirmó la resolución apelada, dictada por el Juzgado de Garantía de Graneros.
“Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 140 y 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de diecisiete de enero de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Garantía de Graneros, en causa RIT 2531-2020, que impuso la medida cautelar de prisión preventiva de los imputados Tiare Saavedra Castro y Patricio Badilla Silva, por compartir, en lo esencial, sus fundamentos”, consigna el fallo.
Según el ente persecutor, los imputados integraban una organización criminal. Asociación ilícita que tenía por finalidad la adquisición de sustancias estupefacientes o sicotrópicas y la obtención de armas de fuego y municiones. Lo que quedó plasmado en los diversos monitoreos telefónicos, seguimientos y vigilancias, que fueron realizados a los integrantes de dicha organización, la cual, además, se estructura en forma jerárquica.