La Corte de Apelaciones de Rancagua dictó orden de no innovar y dispuso que Carabineros deberán abstenerse de utilizar escopetas antimotines con cartuchos con balines de plomo y/o goma y plomo en manifestaciones públicas
En fallo dividido (causa rol 19.992-2019), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Jorge Fernández Stevenson, Natalia Rencoret Oliva y el abogado (i) José Irazábal Herrera– acogió parcialmente la solicitud interpuesta por alumnos de la Universidad de O’Higgins.
Decisión adoptada con el voto en contra del abogado Irazábal Herrera, quien estuvo por rechazar la petición por estar fundada en hechos futuros e inciertos, y, además, porque el uso de dichas instrumentos estaría permitido, “conforme a la reglamentación vigente y directrices dictadas para tal efecto por la autoridad, y cuyo uso restringido tiene por objeto que la policía vele por el orden y la seguridad pública y, para tal efecto, tienen que tener y usar los medios necesarios para el cumplimiento de tales fines, por lo que limitar o prohibir su uso afectaría necesariamente tal cumplimiento”.