El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a Ariel Alexander Galaz Naranjo y Paola Aurora Ahumada Jiménez a las penas de 7 años y 184 días y 5 años y un día de presidio efectivo, respectivamente, en calidad de autores del delito consumado de robo en lugar habitado
En fallo unánime (causa rol 3-2021), el tribunal –integrado por los magistrados Gloria Calvo Godoy (presidenta), Raúl Baldomino Díaz y Hernán González Muñoz (redactor)– aplicó, además, a Galaz Naranjo y Ahumada Jiménez las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 12.45 horas del 11 de mayo de 2020, Galaz Naranjo y Ahumada Jiménez llegaron al domicilio de la víctima N.J.B.M., ubicado en Callejón Los Kirlos del sector La Cruz de Rancagua, quien salió a efectuar compras a un supermercado, lo que fue aprovechado por los acusados para ingresar a su domicilio, escalando el cierre perimetral, para luego romper una malla de protección de la puerta de la casa, procediendo en el interior a tomar y apropiarse de diversas especies, entre ellas: un televisor, una mochila y joyas, para luego salir del inmueble con dichas especies en su poder, huyendo del lugar, hasta ser detenidos momentos después, a pocas cuadras del inmueble afectado por personal de Carabineros.
En la determinación de las penas a imponer a los sentenciado, el tribunal tuvo presente que a Galaz Naranjo lo perjudica la agravante del artículo 12 Nº 16 del Código Penal, por haber sido condenado con anterioridad por un delito de la misma especie.