El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a Felipe Eduardo Peña Peña a la pena de 3 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de tenencia de arma de fuego prohibida
En fallo unánime (causa rol 139-2020), el tribunal –integrado por los magistrados María Esperanza Franichevic (presidenta), César Torres Mesías y Roberto Cociña Gallardo (redactor)– aplicó, además, a Peña Peña las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación para cargos y oficios púbicos durante el tiempo de la condena; más el pago de las costas del proceso.
Asimismo, el tribunal condenó a Peña Peña a 541 días de presidio en calidad de autor del delito de tenencia de municiones. Además, decretó el comiso para la destrucción de la escopeta hechiza, debiendo remitirse al efecto a los Arsenales de Guerra.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 17 horas del 30 de julio de 2019, el condenado se encontraba en su domicilio, ubicado en el campamento Galvarino N°9 de la Comuna de Rengo, en compañía de otros sujetos, generándose una discusión al interior del domicilio por lo que Peña Peña realizó diversos disparos con un arma artesanal que mantenía en su poder al interior del domicilio, por lo que personal de Carabineros concurrió al lugar alertados por una vecina.
En el inmueble, el personal policial encontró sobre la cama de Peña Peña, un arma de fuego de fabricación artesanal compuesta por 2 tubos metálicos, uno de 24,5 centímetros de largo y 16 de empuñadura y el segundo de 47 centímetros de largo y 15,6 de empuñadura. Además, Carabineros encontró en poder del imputado: 4 cartuchos de caza calibre 12 (de diferentes colores y marcas) y un cartucho de escopeta percutado de calibre 12, sin contar Peña Peña con la autorización alguna para la adquisición, fabricación, porte o tenencia de dichas especies.