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Autor del delito de femicidio frustrado ocurrido en Pichilemu fue condenado a 15 años de presidio

By Diario Rancagua | on 18 febrero, 2021 | Comentario
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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santa Cruz condenó a Pablo Salomón Rojas Manríquez a la pena de 15 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito frustrado de femicidio. Ilícito perpetrado en enero del año pasado, en la comuna de Pichilemu

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Gricelda Valenzuela Rodríguez (presidenta), Rodrigo Gómez Marambio (redactor) y Erick Slater Soto– aplicó, además, a Rojas Manríquez las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos u oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; más el pago de las costas de la causa.

Asimismo, Rojas Manríquez deberá cumplir la pena de 4 años de reclusión, las sanciones accesorias generales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos por cuatro años; más la accesoria especial de prohibición de acercarse a la víctima, domicilio, lugar de trabajo, estudio o cualquier otro lugar al que concurra o visite habitualmente, por el término de 2 años, como autor del delito consumado de desacato en contexto de violencia intrafamiliar.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que momentos antes de las 10 de la mañana del 9 de enero de 2020, “la víctima E.A.P.M. se encontraba en su domicilio ubicado en el sector La Palmilla de la comuna de Pichilemu, trasladándose hasta su vehículo particular, percatándose que tenía una rueda pinchada, y cuando procedía al cambio de la misma, llegó al lugar su exconviviente, el acusado Pablo Salomón Rojas Manríquez, quien mantenía a esa fecha la prohibición judicial de acercarse a la víctima y su domicilio, impuesta como pena accesoria por sentencia dictada en la causa RIT 1.474-2019 del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Pichilemu con fecha 31 de diciembre de 2019, sentencia que se encontraba firme y ejecutoriada, y en conocimiento de Rojas, quebrantando de esta forma lo ordenado cumplir por el Tribunal”.

En dicho contexto, “Rojas se acercó a la víctima, golpeándola con sus puños, haciéndola caer al suelo, tomando a continuación entre sus manos un fierro utilizado para cambiar el neumático, elemento contundente con el cual golpeó reiteradamente en la cabeza a la víctima con la finalidad de causarle la muerte, provocándole diversas lesiones, entre ellas fractura de cráneo en la región parietal y occipital, luego de lo cual el acusado se marchó. La víctima se arrastró hasta su casa donde solicitó ayuda a familiares, los que requirieron la presencia de una ambulancia y Carabineros, siendo trasladada al Hospital de Pichilemu, luego al de Santa Cruz y posteriormente al de Rancagua, donde gracias a la oportuna atención médica no perdió la vida”.

 

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