Si considera que cumple con los requisitos y no aparece como beneficiario, o no está conforme con el monto recibido, puede apelar ingresando a www.aportefamiliar.cl
El Instituto de Previsión Social (IPS) informa que existe un año de plazo, a contar del 15 de marzo de 2022, para reclamar el derecho al Aporte Familiar Permanente (ex Bono Marzo), en caso de no haberlo recibido.
Es importante señalar que este beneficio se asigna de manera automática a quienes cumplen los requisitos, sin necesidad de solicitudes o postulaciones. Pero, en el caso puntual de personas que crean cumplir con los requisitos, y que aún no aparezcan en las nóminas de beneficiarios o si aparecen con menos cargas familiares de las que les corresponden, pueden ingresar su reclamo en el mismo sitio www.aportefamiliar.cl al consultar con su RUN y fecha de nacimiento.
El Aporte Familiar Permanente es una ayuda económica que entrega el Estado a las familias de menores ingresos y este año 2022 espera llegar a más de un millón 600 mil familias. El beneficio se comenzó a pagar en febrero y hay 9 meses de plazo para cobrarlo.
Recordemos que, para acceder al Aporte Familiar es necesario que a diciembre del año 2021 la persona haya estado recibiendo Subsidio Familiar, pagos por Asignación Familiar o Maternal o haber pertenecido al Subsistema de Seguridades y Oportunidades (Ingreso Ético Familiar) o a Chile Solidario.
¿Cómo hacer un reclamo?
Si se cumplen las condiciones antes descritas, para hacer un reclamo, las personas deben ingresar a www.aportefamiliar.cl, consultar con su RUN y fecha de nacimiento. Luego de desplegarse la información como respuesta a la consulta, se debe acceder a la opción “Reclamos” para ingresarlo.
¿Qué plazo tengo para hacer un reclamo?
Las personas tienen como máximo un año para ingresar un reclamo a partir del 15 de marzo de 2022.
¿Qué otros aspectos debo tener en cuenta?
Luego de ingresar el reclamo en www.aportefamiliar.cl, se debe verificar lo siguiente:
– Que las cargas familiares estén regularizadas al 31 de diciembre de 2021. En este caso, se debe consultar en la caja de compensación o entidad que administra las cargas familiares. En caso de no saberlo, es conveniente que lo averigüe con su empleador.