El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Fernando condenó a Mario Andrés Campos Valenzuela a la pena de 6 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito frustrado de homicidio; más 600 días de reclusión por el delito consumado de lesiones graves y al pago de una multa de 2 UTM por lesiones leves. Ilícitos perpetrados en octubre de 2020, en la ciudad
En fallo unánime (causa rol 62-2022), el tribunal -integrado por los magistrados Marisol López Machuca (presidenta), José Antonio Ruiz Stanke (redactor) y Eliana Taborga Collao- aplicó, además, a Campos Valenzuela las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena (homicidio frustrado); y la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena (lesiones graves).
En tanto, Cristián Raimundo Valenzuela Calquín y Joaquín Eduardo Peralta Valenzuela deberán purgar 5 años y un día de reclusión, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como autores del delito frustrado de homicidio; 541 días de presidio, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como como autores del delito consumado de lesiones graves; y a una multa de una UTM por lesiones leves.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente entre las 12:30 y las 13 horas del 31 de octubre de 2020, «en el sector La Ramada, parcela N° 10, de la ciudad de San Fernando, en momentos que las víctimas Luis Yáñez Navarrete, Manuel Yáñez Navarrete y Víctor Osorio Pinto se encontraban trabajando en el lugar cortando leña junto a una cuarta persona de nombre Jorge Reinoso Farías, hasta el lugar llegó en un primer momento el acusado Joaquín Peralta Valenzuela quien mantuvo una breve conversación con Manuel Yáñez para luego al momento de retirarse amenazar a Manuel Yáñez diciéndole que lo iba a matar. Las víctimas continuaron trabajando y al cabo de unos minutos regresó al lugar Peralta Valenzuela esta vez acompañado de los acusados Cristián Reimundo Valenzuela Calquín y Mario Andrés Campos Valenzuela y un cuarto sujeto cuya identidad no se pudo precisar.
En ese instante Peralta Valenzuela procedió a disparar contra las víctimas un arma que correspondería a una escopeta de fabricación artesanal, impactando en su pierna a Manuel Yáñez, luego los acusados se abalanzaron sobre Manuel Yáñez, Luis Yáñez y Víctor Osorio utilizando palos y armas cortantes, objetos con los cuales los atacan resultando Luis Yáñez Navarrete con heridas corto punzantes múltiples en región axilar derecha, región lumbar derecha y en ambas extremidades superiores incluida una fractura en uno de sus brazos, lesiones que fueron catalogadas como graves y que requirieron intervención quirúrgica.
Por su parte la víctima Manuel Yáñez Navarrete resultó con herida en región temporo occipital, herida penetrante en región escapular, herida penetrante en el lado derecho del cuello, herida penetrante torácica abdominal, herida en cara posterior de brazo derecho, lesiones graves en su caso que lo mantuvieron hospitalizado en el Hospital de San Fernando. En el caso de la víctima Osorio Pino resultó con una contusión en un brazo izquierdo, lesión de carácter leve».
En la determinación de las penas a imponer a los condenados, el tribunal consideró la irreprochable conducta anterior de Valenzuela Calquín y Peralta Valenzuela y, en el caso de Campos Valenzuela, la condena que registra por receptación.