Tribunal condenó a Felipe Enrique Gálvez Durán y Sergio Eduardo Gálvez Durán a 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autores del delito tentado de robo con fuerza en lugar habitado. Ilícito perpetrado en julio del año pasado, en la comuna de San Francisco de Mostazal
En fallo dividido (causa rol 88-2021), el tribunal –integrado por los magistrados Sergio Allende Cabeza (presidente), María Esperanza Franichevic y David Gómez Palma (redactor)– aplicó, además, a los hermanos Gálvez Durán las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación para cargos y oficios públicos durante el tiempo de las condenas; más el pago de las costas de la causa.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la noche del 28 de julio de 2020, los hermanos Gálvez, junto a un tercer sujeto (condenado en la causa en calidad de cómplice del delito), “se desplazaban por avenida Independencia de la comuna de San Francisco de Mostazal, a las 23:32 horas uno de ellos levanta su mano derecha apuntando hacia el sur, luego de estar unos minutos en la plaza existente en el lugar, se dirigen juntos en dirección al sur, y a las 23:38 horas con 40 segundos el mismo sujeto señaliza a sus dos acompañantes un lugar que está hacia arriba, levantando ambos su cabeza, y 15 segundos después, a las 23:38 con 50 segundos, sube escalando hasta un balcón ubicado en el segundo piso del inmueble ubicado en el número 438 de dicha Avenida, donde residía M.I.B.G., procediendo a romper el cristal de un ventanal que protegía el acceso del interior del inmueble, mientras uno de los otros dos sujetos se encontraba a nivel de la vereda, intentando subir al balcón sin lograrlo, y al percatarse de la presencia de moradores los tres sujetos huyen del lugar”.
Decisión de condena de Sergio Eduardo Gálvez Durán, adoptada con el voto en contra del juez Allende Cabeza, quien fue del parecer de que, a su respecto, no se logró acreditar participación culpable en los hechos.