El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santa Cruz condenó a Álvaro Emanuel Bozo Bozo a la pena de 20 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de robo con homicidio
En fallo unánime (causa rol 63-2022), el tribunal -integrado por las magistradas Piedad del Villar Domínguez (presidenta), Eliana Taborga Collao y María Angélica Mulatti (redactora)- aplicó, además, a Bozo Bozo las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
En el aspecto civil, el tribunal acogió la demanda interpuesta y condenó a Bozo Bozo pagar la suma de $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) por concepto de daño moral, a hermano de la víctima.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que entre la una y las tres y media de la madrugada del 15 de mayo de 2021, «Bozo Bozo se encontraba en compañía de la víctima Juan Pavez Caro, en su domicilio ubicado en calle los Claveles N°34, Pichilemu, lugar hasta el cual concurrió previamente, para sostener relaciones sexuales con la víctima, oportunidad que aprovecha para agredirlo en reiteradas oportunidades en su cabeza, esto es en al menos 7 oportunidades, con un elemento contundente, lo cual se causó la muerte por hemorragia subaracnoidea causada por traumatismo cráneo encefálico, lo cual fue realizado con la finalidad de poder registrar el domicilio de la víctima y luego desde un cajón sustraer una caja que contenía una cantidad indeterminada de dinero en efectivo, en billetes y monedas, huyendo del lugar con una bolsa, en la cual se llevó los billetes, dejando sobre la cama las monedas que estaban dentro de dicha caja, huyendo posteriormente del domicilio de la víctima».