El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a Camilo Enrique Espinoza Correa a la pena de cinco años y un día de presidio, como autor del delito de conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte de Daniel Hernán Cornejo Moya, y del delito de huir del lugar del accidente, ilícito perpetrado el 13 de mayo de 2015, en el sector del Toco, comuna de Pichidegua.
En fallo unánime (causa rol 20-2016), el tribunal –integrado por las magistradas Alejandra Besoaín Leigh, Cristina Fernández Malatesta y Constanza Acuña Sauterel- dieron por acreditado que: “El día 13 de Mayo de 2015, aproximadamente a las 18:05 horas, en circunstancias que el imputado, conducía la camioneta marca Toyota, modelo Hilux, color blanca, por el sector El Toco, a la altura del kilómetro 6, comuna de Pichidegua, debido al estado de ebriedad en que conducía dicho vehículo, se desvió de la calzada, ingresando a la berma de dicha ruta, impactando al ciclista que lo antecedía, el cual transitaba por la señalada berma, Daniel Hernán Cornejo Moya, luego de lo cual el imputado no se detuvo ni prestó auxilio a la víctima, dándose a la fuga del lugar, siendo interceptado posteriormente por funcionarios de carabineros (…) realizándole examen Intoxilyzer, el cual arrojó 2.41 gramos por litro de alcohol en su sangre, manteniendo daños dicha camioneta en su parte frontal. Por su parte el resultado de la alcoholemia fue de 2,60 gramos por mil de alcohol en la sangre. Producto de aquello, la víctima es trasladada al servicio de urgencia con riesgo vital, donde fallece posteriormente a las 19:02 horas”.
Las juezas desecharon la tesis de la defensa señalando que: “La única prueba de descargo no fue suficiente para levantar al menos una duda razonable en estas sentenciadoras respecto de los hechos contenidos en la acusación, los que se estimaron suficientemente probados con la prueba de cargo, específicamente si se tiene en consideración que el perito de cargo, dio razón de sus dichos, explicando cómo arribó a sus conclusiones y, especialmente, que se contó con la declaración del testigo presencial Juan Maldonado Tobar, quien de manera clara, circunstanciada y enfática dio cuenta de la dinámica de los hechos”.
Asimismo, Espinoza Correa fue condenado a la inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica, al pago de 8 Unidades Mensuales Tributarias (UTM) como autor del delito de manejo en estado de ebriedad con resultado de muerte y al pago de 7 UTM como autor del delito de huir del lugar del accidente; además se le condenó al pago de las costas del juicio y penas accesorias.