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Sernac oficia a automotora Gildemeister por venta de modelo de auto eléctrico que podría no ser compatible con norma de carga del país

By Diario Rancagua | on 29 julio, 2025 | Comentario
Carrusel Destacados Local Sin categoría Sociedad

Se trata del auto de origen chino marca JAC, modelo e-JS1, el cual, al no ser compatible con la red de estaciones de carga pública del país, implicaría una limitación de su uso, principalmente en viajes largos

El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) ofició a la Automotora Gildemeister Spa, tras recibir algunos reclamos de consumidores que indican que el vehículo eléctrico marca JAC, modelo e-JS1, podría no ser compatible con las normas de carga de Chile, lo que podría limitar su uso especialmente en viajes largos. Además, estas condiciones no serían informadas expresamente al momento de la compra.

A través de este oficio, cuyo plazo de respuesta es de 10 días hábiles, el Servicio exigió a la automotora una serie de antecedentes, entre ellas, que informe las características del vehículo, esto es, el modelo, marca, fabricante, tipo de puerto de carga, voltaje, tipo de batería, entre otros.

Adicionalmente, solicitó información relativa a la posibilidad de no carga de este modelo de vehículo en las electrolineras o estaciones de carga pública del país, especialmente en la red de electrolineras Voltex (en base a lo indicado por el reclamo el consumidor), considerando que es una de las que cuenta con más puntos de carga a nivel nacional.

El Servicio también requirió información relativa a la cantidad de vehículos de esta marca y modelo importados por año, el número que ya ha sido comercializada y en stock disponible a la fecha de recepción del oficio.

También requirió antecedentes respecto del tipo de garantía que ofrece para este tipo de modelo de vehículo y la forma de hacerla efectiva.

Asimismo, se consultó cómo informan al momento de la compra a los consumidores las temáticas relativas a la seguridad o advertencias sobre el uso o cualquier riesgo potencial asociado a este tipo de vehículo, en caso de ser necesario.

En el mismo oficio la entidad fiscalizadora pidió información relativa a la cantidad de reclamos recibidos por problemas con este tipo de vehículos, junto con las medidas adoptadas para solucionarlos.

Una vez que el SERNAC cuenta con los antecedentes, y en caso de detectar incumplimientos a la Ley del Consumidor (LPC), adoptará las medidas para ir en defensa de los derechos de los consumidores.

Derechos de los consumidores

La Ley del Consumidor establece que cuando los consumidores compran un producto, en este caso un vehículo, tienen derecho a que las empresas automotoras les informen veraz y oportunamente todos los antecedentes, entre ellos, el precio, las condiciones de pago si la compra es a crédito, las características del vehículo, el plazo de entrega, entre otros.

En el caso de los vehículos eléctricos es información relevante para las y los consumidores el acceso a la red de carga a lo largo del país y compatibilidad, entre otros aspectos.

Además, las empresas deben cumplir al pie de la letra todo lo informado a los consumidores, ya sea, a través de la publicidad, a través de una nota de venta, un contrato, entre otros. Esto quiere decir que los proveedores no pueden cambiar las reglas del juego posteriormente en forma unilateral, es decir, no pueden modificar el precio a su arbitrio.

Además, las empresas deben hacerse responsables además de sus vendedores y de las afirmaciones respecto de los vehículos que venden.

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