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TOP de Rancagua condena a 10 años y un día de presidio a autor del delito frustrado de femicidio íntimo en Requínoa

By Diario Rancagua | on 22 noviembre, 2023 | Comentario
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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a S.C.S.H. a la pena de 10 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito frustrado de femicidio íntimo

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Hernán González Muñoz (presidente), Paola González López y César Torres Mesías (redactor)– dio por establecido, más allá de toda razonable, que el 28 de enero de 2022 S.C.S.H., tras haber compartido bebidas alcohólicas con la víctima, con quien mantenía una relación de convivencia en un domicilio ubicado en la comuna de Requínoa, una vez que su pareja se fuese a acostar junto a la hija en común, alrededor de las 02:30 horas de la madrugada, molesto procedió a tomar un hacha, con la cual hizo un forado en la puerta del dormitorio donde se encontraba la víctima.

Una vez al interior de la habitación, S.C.S.H. “(…) la atacó con el hacha a la altura de la cabeza; logrando (la víctima) realizar una acción defensiva con sus manos, resultando gracias a ello solo con una herida contuso cortante a nivel del cuero cabelludo de tres centímetros, con herida contusa cortante en colgajo profunda en antebrazo izquierdo, una herida abrasiva en antebrazo derecho y un hematoma a nivel del flanco izquierdo, heridas calificadas como de mediana gravedad que sanan de 15 a 18 días. Que producida la agresión (S.C.S.H.) huyó del lugar, siendo detenido por Carabineros”, consigna el fallo.

La resolución agrega que: “Se ha concluido que el acusado actuó con dolo directo, esto es, con la intensión positiva de causarle la muerte a la víctima, por el empleo de un arma idónea para ello, porque esta se encontraba indefensa y en situación de desventaja para defenderse y por el lugar del cuerpo al que dirige la agresión; la que solo no se produjo por la impericia del victimario y la reacción defensiva de la propia víctima. Se descartó que solo se tratase de ánimo lesivo, pese a la calificación de las lesiones como de mediana gravedad, en razón de que esas heridas y lesiones se producen finalmente porque la víctima evita con su reacción que se produzca un resultado aun más dañoso perseguido por el agresor”.

El tribunal aplicó, además, a S.C.S.H. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

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