El nuevo Subsidio de Emergencia Laboral por catástrofe es un aporte mensual para empresas. Su objetivo es ofrecer una solución de continuidad laboral a las y los trabajadores que tienen en riesgo su fuente de empleo producto de la catástrofe producida por el temporal
La Seremi del Trabajo y Previsión Social, Doris Rodríguez, junto al Delegado Presidencial Regional de O’Higgins, Fabio López y la Directora Regional (s) de Sence O’Higgins, Marcela Contreras, anunciaron la apertura de las postulaciones al Subsidio a la Retención Laboral, aporte mensual para que las empresas de la región que fueron afectadas por la catástrofe producida por el sistema frontal, puedan mantener a su personal y pagar sus remuneraciones, accediendo a un aporte económico del 80% de un ingreso mínimo mensual por trabajador ($352.000 pesos) durante los primero 3 meses, pudiendo ser prorrogada por otros 60 días con una bonificación del 60%.
“Este subsidio es parte del Plan de Recuperación de Ayudas Tempranas y está enfocado en apoyar a las empresas que sufrieron producto de las inundaciones, incluyendo a los pequeños contribuyentes como comerciantes o artesanos que están pensando en despedir a algún trabajador o trabajadora. Aquellas empresas que postulen ahora en julio tendrán disponible su primer pago el 15 de agosto, previa validación de informe por parte de la Seremi del Trabajo, de la afectación por catástrofe de su negocio”, explicó Doris Rodríguez, Seremi del Trabajo y Previsión Social.
“Reforzamos el llamado a que las empresas que se vieron afectadas por la catástrofe en la región, ingresen a la plataforma de postulación y participen del proceso. La validación para ejecutar los pagos es en línea, contra las bases de Previred, por lo que el trámite es muy rápido y lo que se exige es que las personas tengan una relación laboral previa con el empleador postulante, es decir, este subsidio no es para nuevas contrataciones y eso es muy importante, ya que nos enfocamos en mantener la fuente laboral de las personas que estaban contratadas antes de la catástrofe e inundaciones” puntualizó la Directora Regional (s) de Sence, Marcela Contreras.
Por su parte, el Delegado Presidencial de la Región de O’Higgins, Fabio López, complementó explicando que “estamos dando a conocer un beneficio que se enmarca en las denominadas “ayudas tempranas” anunciadas por el presidente Gabriel Boric y que se enfoca en apoyar a las empresas, con el objetivo de que las personas de las 21 comunas afectadas por el temporal ocurrido hace dos semanas, no pierdan su fuente laboral. Es una importante ayuda que se suma al bono de enseres, el catastro que están levantando los ministerios de Agricultura y Economía, la entrega de ayuda inmediata como forraje y otros; por lo tanto, estamos trabajando y realizando un despliegue en terreno desde el día uno, entregando ayudas concretas con las que estamos llegando a todas las personas afectadas”.
¿Cómo Postular?
La postulación deberá ser realizada por las empresas respecto de cada persona trabajadora dependiente del establecimiento siniestrado: Al hacerlo, las empresas deberán presentar:
- Contrato de trabajo por cada persona trabajadora ingresada.
- Certificado de cotizaciones de AFP y Salud por cada persona trabajadora ingresada.
- En caso de que los documentos hubieran resultado siniestrados, el sistema proveerá una declaración jurada donde se exime a la empresa de presentar únicamente los contratos de trabajo.
Pueden acceder al subsidio:
Empresas que se hayan visto siniestradas por la catástrofe del sistema frontal de junio 2023 cuya condición de afectación se encuentre ratificada por la Seremi del Trabajo y Previsión Social y que se encuentren en las comunas afectadas de las regiones declaradas como Zonas Afectadas por Catástrofe (Valparaíso, O´Higgins, Maule, Ñuble, Biobío y Metropolitana) y que acredite:
- Existencia de una relación laboral formal al mes anterior del siniestro, así como también la continuidad laboral de dicha relación mientras dure el subsidio. Es decir, si no se mantuviera la relación laboral, verificada por SENCE a través de la existencia de cotizaciones previsionales, se suspenderá el beneficio por la persona trabajadora individualizada.
- Empresas que tributen en primera categoría (incluidas todas las empresas del régimen Pyme, las empresas en renta presunta, las empresas individuales, etc.) o bien pequeños contribuyentes conforme al artículo 22 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (pequeños comerciantes, artesanos, suplementeros, entre otros).
- Las empresas que opten al eneficio deberán contar con operaciones en la zona siniestrada y el beneficio se limitará a las personas trabajadoras de dicho establecimiento. Estas personas trabajadoras deberán pertenecer a empresas que hayan visto afectadas sus operaciones producto de la contingencia, sea por daño físico directo a sus instalaciones u otro tipo de daños que no permita la continuidad operacional, impidiendo el ejercicio de labores de sus trabajadores/as.
Calendario Postulación
Mes de Postulación | Mes de Concesión | Primer Pago |
Julio | Agosto | A partir del 15 de agosto de 2023 |
Agosto | Septiembre | A partir del 15 de septiembre de 2023 |
Septiembre | Octubre | A partir del 15 de octubre 2023 |
NOTA: Fecha de pagos son referenciales y sujetas a días hábiles. Con todo, los pagos no podrán superar a diciembre de 2023.