El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó S. E. S. C. a la pena de 10 años y un día de presidio efectivo en calidad de autor de un delito de abuso sexual de persona menor de 14 años, cometido en carácter de reiterado contra dos niñas entre 2019 y 2020, en la comuna de Machalí
En fallo unánime, el tribunal –integrado por las magistradas Marcela Paredes Olave (presidenta), Fadua Salas Eljatib y el juez David Gómez Palma (redactor) – aplicó, además, al condenado las accesorias generales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas; más el pago de las costas de la causa.
También se resolvió decretar otras penas accesorias especiales como su interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como parientes en los casos que la ley designa y el deber de sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal; inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa o habitual con personas menores de edad; y prohibición de aproximarse a las víctimas o de comunicarse con ella por cualquier medio, por el mismo lapso que comprende su condena principal.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
El fallo estableció que el condenado, aprovechándose de la cercanía con la familia, realizó los abusos sexuales contra las menores sin que los adultos responsables se percataran.