El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a R.A.R.M. a la pena de 20 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de femicidio
En fallo unánime, el tribunal -integrado por las magistradas María Esperanza Franichevic Pedrals (presidenta), Piedad del Villa Domínguez y Rocío Castelló Cordero (redactora)- aplicó, además, a R.A.R.M. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; más el pago de las costas de la causa.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados. Además, se decretó el comiso del arma blanca incautada.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, los siguientes hechos:
«El acusado R.A.R.M. se encontraba casado con (…) y fruto de dicha relación tuvieron tres hijos en común de 8, 11 y 19 años de edad respectivamente.
Producto de ciertas desavenencias y problemas depresivos por el cual estaba pasando R.A.R.M., estos se encontraban separados de hecho, viviendo (…) en la comuna de San Vicente con dos de sus tres hijos, y el imputado por su parte, en Villa El Cristo S/N, de la Comuna de San Vicente. Días previos a los hechos, el imputado intercambió una serie de mensajes de WhatsApp con uno de sus hijos que vivía con su madre, oportunidad en que lo interrogaba sobre lo que hacía su madre; dónde estaba y si había ingresado alguna persona extraña a la casa; con quién conversaba por teléfono, etc. Todo lo anterior a escondidas de la ofendida.
Fue así que días previos al 9 de marzo de 2020 y el mismo día de ocurrido el hecho, el imputado comienza a mandar mensajes a su hijo en los que le dice que lo quiere mucho pase lo que pase; quedando de manifiesto que R.A.R.M. había tomado la decisión de ultimar la vida de la víctima guiando un plan para ejecutar el delito.
El día 15 de marzo de 2020, a eso de las 11:00 horas aproximadamente, el imputado llegó con la víctima en el vehículo Kia, modelo Morning, placa patente única KG-RL-91, año 2018, de color blanco, al Motel ‘Siete lunas’, ubicado en la ruta H66-G, paradero 6, Requegua, San Vicente, ingresando a eso de las 11:05 horas a dicho lugar y dirigiéndose hasta la cabaña N° 2.
Una vez en el interior del estacionamiento de dicha cabaña, el imputado procedió a ejecutar su plan trazado, extrayendo un arma blanca y hallándose la ofendida de pie en el interior de la habitación procedió a propinarle por detrás, con su mano izquierda sosteniendo el brazo izquierdo de la afectada, sendos cortes en el cuello de la mujer, así como a propinar una herida torácica que alcanzó la aorta ascendente, causando lesiones de carácter vital y de tipo homicida, con lo cual provocó la muerte a la ofendida, cuando esta se encontraba sentada en el asiento del copiloto. Ejecutado su plan, el imputado con la misma arma blanca antes indicada se auto-infirió heridas en el cuello, ahora al interior de la habitación N° 2 de dicho motel.
Atendida la desaparición extraña de la víctima, su familia comenzó una búsqueda frenética por distintos puntos de la ciudad de San Vicente, llegando hasta las dependencias del motel antes indicado, quienes explicaron la situación a las encargadas del motel, quienes al verificar la cabaña número 2 y el estado de los pasajeros, descubrieron el cuerpo inerte y sin vida de (…) al interior del móvil, hecho que fue denunciado a Carabineros, quienes tras apersonarse al lugar, descubren que el imputado, aún se encontraba con vida en el interior de la cabaña, siendo detenido y trasladado hasta el servicio de urgencia atendida la gravedad de sus lesiones».