El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a Luis Eduardo Cid Villar a la pena de 10 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de homicidio simple
En fallo unánime (causa rol 58-2022), el tribunal –integrado por los magistrados Raúl Baldomino Díaz (presidente), Eliana Taborga Collao y Paola González López (redactora)– aplicó, además, a Cid Villar las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos públicos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena; más el pago de las costa de la causa.
Asimismo, el tribunal impuso a Cid Villar la pena de 541 días de presidio efectivo, como autor del delito consumado de lesiones graves.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la tarde del 2 de noviembre de 2020, en la plaza Cristián Caviedes Owens, ubicada en el pasaje Los Prunos de la ciudad de Rancagua, Nicolás Elizondo Mora se encontraba en compañía de su hijo menor de edad y del joven D.A.N.M., al interior de un vehículo. Lugar al que llegó Cid Villar, quien le pidió a la víctima que lo acompañara hasta la plaza para conversar. En los momentos que se dirigían a una banca, el condenado efectuó, al menos, tres disparos en contra de la víctima, causándole la muerte por un politraumatismo penetrante toraco abdominal.
Luego, Cid Villar se dirigió en contra de D.A.N.M., a quien a corta distancia, le disparó a la pierna izquierda, provocándole lesiones de carácter grave, consistente en fractura conminuta de tibia y peroné desplazada.