El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a Carlos Andrés Palacios Gaete a la pena efectiva de 3 años y un día de presidio, en calidad de autor del delito de uso malicioso de instrumento privado mercantil falso
En fallo unánime (causa rol 60-2020), el tribunal –integrado por los magistrados César Torres Mesías (presidente), Sergio Allende Cabezas y Roberto Cociña Gallardo (redactor)– aplicó, además, a Palacios Gaete las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargo y oficios públicos durante el tiempo de la condena; más el pago de una multa de 10 UTM.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que a las 14.20 horas del 26 de julio de 2018, Palacios Gaete concurrió a un local de talabartería en la localidad de Las Cabras, donde adquirió una montura, aperos, estribos y una cabezada por un valor de $600.000. Monto que canceló con el cheque serie N°971930055-9766441, del Banco Scotiabank, documento en el cual se simuló la firma de la titular de la cuenta corriente.
Hechos que, para el tribunal, son constitutivos de un delito de uso malicioso de instrumento privado mercantil, previsto y sancionado en el artículo 198 en relación al artículo 197 del Código Penal.