La Dra. Camila Oda, especialista en psicología clínica y de la salud y académica del Instituto de Ciencias Sociales de la casa de estudios, señaló que la resolución de la Superintendencia de Salud permitirá facilitar “los procesos de diagnóstico e intervención”
A partir del 3 de enero del 2022 las isapres deben dejar de considerar la salud mental como preexistencia en sus planes. A través de una circular emitida por la Superintendencia de Salud, se determinó que no podrán comercializar planes de salud que restrinjan la cobertura para las prestaciones relacionadas con enfermedades mentales. Para la doctora en psicología clínica y de la salud y académica de la Universidad de O’Higgins, Camila Oda, esta resolución traerá una serie de importantes beneficios para las/os usuarios del sistema privado, principalmente en materia de tratamiento y seguimiento.
“La circular emitida por la Superintendencia es sin duda un gran aporte”, comentó la psicóloga, explicando que “no sólo permite que, el presentar una condición de salud mental deje de ser un motivo para que a una persona no se le permita acceder a un plan de salud, sino que también va a facilitar que los procesos de diagnóstico e intervención puedan realizarse tomando el tiempo que sea necesario contando con un mayor soporte económico, tal y como sucede con el tratamiento de condiciones asociadas a la salud física”.
Esto ocurre porque “muchas veces, al existir un tope en cuanto al valor o el número de prestaciones cubiertas asociadas a la salud mental, las personas se veían obligadas a dejar sus tratamientos inconclusos, lo que podría tener como consecuencia, entre otras cosas, el que no se pudiera hacer el seguimiento adecuado de los casos, aumentando las probabilidades de abandonar las indicaciones terapéuticas y el riesgo de recaídas”.
Según la psicóloga “las problemáticas de salud mental, como la depresión, cuando no son tratadas de forma adecuada, a nivel fisiológico, pueden tener repercusiones en nuestro cuerpo tan graves como el tabaquismo. No podemos olvidar, además que el riesgo de suicidio se ve incrementado cuando estas condiciones no son tratadas a tiempo”.
Chile pandémico
El documento señala que las «isapres no pueden consultar ni exigir a los potenciales afiliados la declaración de enfermedades mentales o discapacidades psíquicas o intelectuales propias o de sus beneficiarios, como tampoco pedir antecedentes clínicos o realizar entrevistas que revelen esos diagnósticos».
De la misma forma, explícita que «los planes de salud no podrán estipular para las prestaciones de salud relacionadas con discapacidades psíquicas o intelectuales, enfermedades mentales y con la salud mental, topes de bonificación y/o topes máximo año contrato por beneficiario menores que los establecidos para las prestaciones de salud físicas»
Estos beneficios serán especialmente significativos para una población que aún está enfrentando una pandemia global. “Chile estaba, antes de la crisis sanitaria, en el tope de los rankings de países con problemas de salud mental, especialmente del tipo ansioso y depresivo. Con la pandemia esto se ha incrementado, entre otras cosas, ante la incertidumbre globalizada que estamos enfrentando”, sostuvo la académica.
“A esto debemos sumarle que, tanto desde las redes de atención clínicas, como desde la investigación, hemos observado un aumento alarmante durante la pandemia de los trastornos de la conducta alimentaria, los cuales son unas de las causas más usuales de suicidio adolescente”, agregó.
“Por ello –concluyó- es tan importante esta resolución, ya que se espera que permita otorgar tratamientos de mayor calidad, duración y en lo posible multidisciplinares”.
Las instrucciones de la circular 396 se basan en la ley 21.331, sobre el reconocimiento y protección de los derechos de las personas en la atención de salud mental.