La Corte de Apelaciones de Rancagua rechazó la prescripción de la demanda de indemnización de perjuicios presentada en contra de supermercado de Rengo por accidente que se produjo al interior del establecimiento en enero del año pasado
En fallo unánime (causa rol 58-2020), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Pedro Caro Romero, Michel González Carvajal y la abogada (i) Pamela Medina Schulz– confirmó la resolución atacada, dictada por el Juzgado de Policía de Rengo.
“(…) que, ahora bien, el artículo 54 de la Ley 15.231, aplicable en la especie, estatuye que: ‘La prescripción de la acción se interrumpe por el hecho de deducirse la demanda, denuncia o querella ante el Tribunal correspondiente, pero si se paralizare por más de un año, continuará corriendo el plazo respectivo’”, plantea el fallo.
La resolución agrega que “(…) conforme lo anterior, la interrupción de la acción contravencional se produjo en la especie con la sola presentación de la querella, el 5 de julio de 2019, lo que justifica confirmar la resolución apelada”.
“Que, a lo anterior, cabe agregar que la doctrina se pronuncia en igual sentido, al sostener que: “A dichos argumentos de la Corte Suprema se podría haber agregado que el plazo de prescripción de seis meses, establecido por el artículo 26 de la LPDC, es extremadamente corto, por lo que exigir la notificación de la demanda conduce a que los derechos del consumidor-acreedor sean ilusorios y ello va contra la lógica del Código Civil (…)”, añade.
“Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287, se confirma la resolución apelada de veinte de diciembre de dos mil diecinueve, escrita a fojas 38 vuelta, dictada por el Juzgado de Policía Local de Rengo, en causa ROL 236.733”, concluye el fallo.