La iniciativa pretende analizar los cambios en la Ley 21.210
La Investigadora Postdoctoral del Instituto de Ciencias Sociales de la Universidad de O’Higgins (UOH), Dra. María Pilar Navarro, fue autora y coautora de dos capítulos del libro obra colectiva “Reforma Tributaria 2020: principales cambios”, cuyo objetivo es analizar los principales cambios de dicha ley, que moderniza la legislación tributaria, el ejemplar va a ser prontamente publicado por la editorial Tirant lo Blanch, y es una iniciativa que se originó a partir de una idea conjunta entre los coordinadores y la editorial, tendiente a que desde el mundo de la práctica y de la academia tributaria se realizara un examen de los principales cambios que introduce la Ley N° 21.210 al sistema impositivo chileno. En el libro participan dieciséis autores y consta de un total de catorce capítulos.
Respecto al capítulo “Los cambios al estatuto jurídico de las ‘viviendas económicas’ contempladas en el D.F.L N° 2, de 1959 y su carácter de contrato ley”, escrito por la académica de la UOH, cabe destacar que éste trata sobre los D.F.L 2, que son viviendas que gozan de diversas franquicias tributarias desde el momento en que el permiso de edificación de la propiedad se reduce a escritura pública, siendo ésta suscrita por el Tesorero Comunal, en representación del Estado, y por el interesado.
Según explica la Dra. María Pilar Navarro, “legalmente, en ese momento se suscribe un contrato ley, y consecuentemente desde ese momento se entienden incorporadas a estas viviendas las normas tributarias vigentes, sin que, en principio, le puedan afectar las modificaciones que tienen lugar en el futuro. Las Leyes N° 20.455 y 21.210 introdujeron limitaciones y requisitos para hacer uso de la franquicia del D.F.L. 2. La última, si bien en su origen buscó incentivar el crecimiento económico, tras el estallido social del 18 de octubre de 2019, sufrió cambios en su tramitación en el Congreso Nacional que derivaron en que también persiguiera un fin recaudatorio, esta vez, para financiar una profunda agenda social”.
Por lo que el trabajo busca determinar si dichos límites y requisitos adicionales (impuestos por las Leyes N° 20.455 y 21.210), pueden aplicarse a las viviendas acogidas a las franquicias del D.F.L. 2 con anterioridad a la entrada en vigor de las enmiendas legales mencionadas, analizando el régimen legal y constitucional de los contratos leyes.
En cuanto al segundo capítulo escrito en coautoría con el Dr. Álvaro Magasich, profesor de Derecho Tributario en la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso y Pontificia Universidad Católica de Chile, “Modificaciones a la Ley N° 20.732, sobre rebaja el impuesto territorial correspondiente a propiedades de adultos mayores vulnerables económicamente”, se refiere al cambio que se introdujo en el proyecto de ley tras el estallido social y que buscó mejorar un beneficio tributario que ya estaba establecido a favor de los adultos mayores, ampliando el número de beneficiados por esta franquicia y profundizando en su regulación.
En esta línea, la abogada comenta que “antes de la reforma de la Ley N° 21.210, la franquicia tributaria de la Ley N° 20.732 implicaba una rebaja en la cuota del impuesto territorial que debían pagar los adultos mayores. El trabajo realiza un análisis crítico de la regulación, y busca determinar no sólo si los cambios representan un avance en el cuidado a los adultos mayores, sino que además plantea cuál es el problema que surge en materia de impuesto territorial, que corresponde a un impuesto patrimonial, cuando se grava a personas que han finalizado su vida laboral activa”.
Reforma Tributaria
Es sabido que la tramitación de las reformas tributarias genera bastante debate en la prensa escrita y en foros de discusión tributarios, ya que se introducen enmiendas al sistema impositivo y se altera la forma en cómo las personas deben determinar sus impuestos, polémica de la que no estuvo exenta la reforma de la Ley N° 21.210.
En esta línea, la Dra. María Pilar Navarro hizo énfasis en que “en este punto es relevante señalar que hay intereses contrapuestos, muchas veces, de carácter político, y que se reflejan en diversas concepciones del Derecho tributario. La visión de un asesor tributario respecto a un cambio en la legislación impositiva será muy distinta a aquella que pueda tener un funcionario del Servicio de Impuestos Internos, a lo que debe sumarse la visión de la academia. Todas estas opiniones ponen el énfasis en ámbitos distintos, pero son igualmente válidas, y generan que al final del día deban producirse acuerdos para sacar adelante este tipo de reformas. La particularidad en el caso de la Ley N° 21.210 radica en que durante su tramitación se suscribieron dos acuerdos: uno para lograr su aprobación en la Cámara de Diputados, y otro en el Senado”.
Es preciso destacar que la reforma tributaria que introdujo la Ley N° 21.210 modifica significativamente el sistema impositivo. Por nombrar algunos de los cambios que introduce a los impuestos tradicionales, es posible afirmar que establece profundas reformas en materia de impuesto a la renta y las estructuras sobre las que se erige el Código Tributario. Asimismo, modifica el Impuesto a las Ventas y Servicios, y se regula una sobretasa en materia de impuesto territorial que busca lograr que quienes tiene más contribuyan en mayor medida.